Durante un divorcio, es necesario llegar a muchos acuerdos. Se concede gran importancia a la distribución de los bienes conyugales, que debe ser justa e imparcial entre las partes implicadas.
Antes de abordar las sentencias de Florida relativas a la división de bienes en el divorcio, he aquí algunos datos sobre los bienes conyugales y no conyugales:
- Bienes gananciales. Todas las propiedades que una pareja adquiere después del matrimonio y hasta la fecha de división de bienes se consideran bienes conyugales. Esto puede incluir bienes inmuebles, cuentas bancarias, electrodomésticos y vehículos. Sin embargo, hay algunos casos en los que una propiedad adquirida durante el matrimonio puede considerarse no conyugal, es decir, si un tercero la regala únicamente a un cónyuge concreto.
- Bienes no matrimoniales. Típicamente, los bienes no matrimoniales describen los bienes poseídos por cualquiera de las partes antes del matrimonio. También denominados bienes separados, las posesiones clasificadas como no matrimoniales no están sujetas a la división una vez finalizado el divorcio. Como se mencionó anteriormente, algunas posesiones pueden ser consideradas como bienes no matrimoniales aunque hayan sido adquiridas después del matrimonio. Si hay bienes conyugales que cualquiera de las dos parejas desea considerar como bienes separados, tendrán que firmar un acuerdo legal.
En Florida, los tribunales generalmente realizan una distribución equitativa de los bienes conyugales y dejan que ambas partes conserven sus bienes no conyugales. Los principios de equidad se utilizan para dividir los bienes conyugales; la ley de Florida suele establecer que los bienes se dividan a partes iguales. Sin embargo, el tribunal también puede decidir de manera que ambos cónyuges reciban un trato justo, aunque la división no sea exactamente 50-50. El tribunal tendrá que considerar factores relevantes durante este proceso, como la duración del matrimonio y la situación económica de cada cónyuge. La deuda conyugal también se divide durante el proceso de divorcio manteniendo los principios de equidad.
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